Gobierno del Colegio

ESTATUTOS DEL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE DELICIAS, AC.
DEL GOBIERNO DEL COLEGIO
DEL GOBIERNO DEL COLEGIO
ARTÍCULO 21.- El órgano del gobierno será el Consejo Directivo que se tomara de:
a) El Presidente y Vicepresidente.
b) Cuatro Vocales de Operación como sigue.
De Legislación
De Practica Externa
De Relaciones, Membresía y Difusión.
De Actualización y Desarrollo Profesional.
c)El Secretario y Prosecretario
d)El Tesorero y Pro tesorero
DE LA JUNTA DE HONOR
ARTÍCULO 37.- El colegio tendrá una Junta de Honor, integrada por 5 asociados activos, que
se nombrará cada año.
ARTÍCULO 64.- Los estados financieros que se presenten a la asamblea deberán ser dictaminados por el auditor.